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Mod 303 ¿Diferenciar entre abono y factura?

Tras analizarlo y revisar la Ley de IVA, efectivamente la solución no pasaría por realizar una modificación en NAV diferenciando entre facturas y abonos en las líneas de la declaración.

Como la propia Ley de IVA indica (Art. 80) las facturas rectificativas pueden ser tanto positivas como negativas.

El equipo de soporte de Microsoft Dynamcis propone:

«Bajo nuestro punto de vista, no quedaba claro que hubiera que diferenciar entre facturas y abonos, aunque si se haya publicado una modificación del Modelo 303 en referencia a las facturas rectificativas.

Está claro que la mayoría de los casos y más comunes puede ser el tratamiento de facturas rectificativas negativas (conocido como abonos), pero el caso de las positivas también existe y debe ser contemplado.

Si diferenciáramos en la declaración de IVA entre facturas y abonos, no todas las casuísticas estarían contempladas, y no sería correcto.

Por tanto, la solución más correcta pasaría por crear nuevos grupos de registro de IVA a utilizar en todas las facturas rectificativas (bien positivas o negativas) – de la misma forma que se hace con el IVA no realizado – y de esta forma poderlo incluir correctamente en la casilla de la Declaración de IVA correspondiente, y cumplir así con la legalidad.

En las líneas de Declaración de IVA en NAV se podría obtener la información de todas las facturas rectificativas, configurando las líneas tipo movimientos de IVA o de cuentas contables, con los nuevos grupos de registro de IVA creados para este propósito. Tanto para las línea de tipo importe, como cuota.

Con esto podríamos diferenciar sin problema todas aquellas facturas rectificativas que se han generado en el sistema.»

Adjuntamos el link a la página de publicación del BOE donde puede verse el testo legal publicado:

Impuesto sobre el Valor Añadido. Actividades empresariales y profesionales. Declaración censal. Información tributaria

http://www.boe.es/boe/dias/2013/11/29/pdfs/BOE-A-2013-12489.PDF   (PAG 95065/95077)

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